Córdoba
Llaryora reglamenta la obligatoriedad del narcotest para funcionarios municipales
El texto establece que estarán alcanzados por los narcotest "las personas que desempeñen funciones por elección popular, intendente, viceintendente, concejales y tribunos, los secretarios y subsecretarios, los directores y subdirectores, asesores, o las personas que por disposición legal o reglamentaria ejerzan funciones de jerarquía equivalentes a las de los cargos mencionados”.
La nueva normativa obliga a los funcionarios a presentar ante la autoridad competente un "certificado negativo" expedido por institución médica que confirme la realización de exámenes complementarios para detectar la presencia de metabolitos de drogas ilegales en el organismo, garantizando la debida reserva de la información.
En el marco de la reglamentación, se establece que el personal de gabinete y aquellos alcanzados por la ordenanza deberán presentar el resultado de análisis de laboratorio que acredite la realización de test de inmunoensayo para detectar la presencia de metabolitos de drogas psicotrópicas ilegales en orina, emitido por profesionales bioquímicos. Estos análisis podrán llevarse a cabo en instituciones de salud públicas o privadas.
Además, se determina que los funcionarios deberán realizar y presentar estos exámenes de manera anual, antes del 31 de marzo de cada año, en el área de capital humano correspondiente a cada jurisdicción municipal, contemplando el Concejo Deliberante, el Tribunal de Cuentas Municipal y entes y empresas municipales, además de implementar controles aleatorios.
En caso de incumplimiento, la normativa prevé el procedimiento vigente de la repartición donde reviste el funcionario infractor y se notificará a la Asesoría Letrada en su carácter de Autoridad de Aplicación del Código de Ética. También intervendrá la Secretaría de Prevención y Atención en Salud Comunitaria, a través de la Dirección de Políticas Sociales en Adicciones, para realizar el abordaje integral y brindar asistencia a la persona afectada.