Córdoba

Gobierno de la Provincia prorroga la emergencia agropecuaria por sequía y heladas

Se extiende hasta el 29 de febrero para los productores agrícolas afectados por sequía y heladas. Es automática y no se debe realizar ningún trámite.
Por Telefe Córdoba

Gobierno de la Provincia prorroga la emergencia agropecuaria por sequía y heladas | Córdoba
Córdoba: Gobierno de la Provincia prorroga la emergencia agropecuaria por sequía y heladas

El Gobierno de Córdoba ha anunciado la prórroga del estado de emergencia y/o desastre agropecuario hasta el 29 de febrero de 2024. Esta medida se extiende para los productores agrícolas, forestales y frutihortícolas que han sido afectados por la sequía y las heladas.

La decisión fue tomada en base al informe presentado por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, el cual señala la persistencia de los efectos adversos de la sequía y las heladas. La prórroga abarcará a aquellos productores que hayan sufrido los impactos de estos fenómenos en el segundo semestre de 2022 y hasta enero de 2023 en el caso de la sequía, y hasta febrero de 2023 en el caso de las heladas. Las zonas afectadas han sido delimitadas utilizando polígonos geo-referenciados y de acuerdo a los padrones administrados por la Dirección General de Rentas.

Es importante destacar que los productores ganaderos ya se encontraban alcanzados por la prórroga hasta febrero del próximo año, tanto en caso de sequía como de heladas.

La prórroga es automática, por lo que no se requiere realizar ningún trámite adicional. Los productores en estado de emergencia tendrán la posibilidad de abonar, hasta el 29 de febrero de 2024, las cuotas 1 a 12 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural del año 2023, así como también la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondientes a la anualidad 2023. Además, deberán pagar la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Por otro lado, los productores en estado de desastre, de acuerdo al Decreto N° 136/2023, estarán eximidos del 100% del pago del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, el Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, las diferencias de impuestos correspondientes a 2023, y la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del FDA.

Asimismo, los productores en estado de desastre alcanzados por los Decretos N° 376/2023 y 404/2023 tendrán una exención del 83,33% en el pago de los impuestos mencionados anteriormente.