El TSJ de Córdoba no hizo lugar al pedido de Aurelio García Elorrio que proponía dejar sin efecto provisoriamente, en la provincia, la aplicación de la Ley n.° 27610 (Interrupción Voluntaria del Embarazo).
Entre los fundamentos, el máximo tribunal señala que “no se puede suspender la vigencia de una ley con alcances generales sin lesionar el principio de división de poderes, salvo que se advirtiera una inconstitucionalidad o vulneración evidente de derechos fundamentales”.