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Qué familiares de trabajadores esenciales fallecidos por Covid recibirán una pensión

La cobrarán familiares de trabajadores esenciales que hayan fallecido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020. Desde Anses brindaron precisiones a Telefe Noticias.
Por Telefe Córdoba

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Actualidad: Qué familiares de trabajadores esenciales fallecidos por Covid recibirán una pensión

El Gobierno Nacional resolvió a principios de marzo otorgar pensiones a los familiares de trabajadores esenciales fallecidos por Covid .

Según información , la pensión graciable consiste en una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio, y es compatible con el cobro de otras prestaciones contributivas .

El colectivo logró incluir a quienes prestaron servicios esenciales en forma presencial y fallecieron entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020 .

“Ingresando a la página de Anses se puede iniciar el trámite para solicitar la pensión, la cual es vitalicia”, comentó Claudio Carucci, titular de Anses Bahía Blanca , en Telefe Noticias.

Además, agregó que entre los requisitos para solicitarla debe estar acreditado a través del certificado de defunción que el causal de muerte fue el Covid-19.

De acuerdo a lo establecido por la Secretaría de Seguridad Social los sectores considerados esenciales son :

  • Trabajadores de los sistemas de salud pública y privada (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza)
  • Personal de las Fuerzas Armadas.
  • Personal de las Fuerzas de Seguridad.
  • Personal de la Actividad Migratoria.
  • Personal de la Actividad Aduanera.
  • Bomberos.
  • Recolectores de residuos domiciliarios y de residuos patogénicos. 

Por su parte, los familiares beneficiarios de la prestación son :

a) cónyuges,
b) convivientes,
c) hijos/as solteros/as hasta los 21 años de edad,
d) hijos/as solteros/as hasta los 25 años si a la fecha del fallecimiento del causante percibían alimentos;
e) hijos/as solteros/as sin límite de edad cuando sus capacidades se encuentren en restringidas;
f) hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad a cargo del causante, cuando se encuentren con incapacidad para trabajar.

Fuente: Telefe Bahía/Argentina.gob.ar