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Cepo cambiario: Los jubilados que residen en el exterior no pueden cobrar sus haberes

El problema lleva varios meses, desde junio del 2020, y ya se han hecho presentaciones judiciales.
Por Telefe Córdoba

Cepo cambiario: Los jubilados que residen en el exterior no pueden cobrar sus haberes | Actualidad
Actualidad: Cepo cambiario: Los jubilados que residen en el exterior no pueden cobrar sus haberes
Por la Dra. Laura Kalerguiz*
Por el "cepo cambiario" algunos jubilados que residen en el exterior no pueden cobrar sus haberes. Es un grupo de jubilados beneficiarios de cajas de previsión social a las que aportaron por sus actividades profesionales de diferentes rubros.
El problema lleva varios meses, desde junio del 2020, y ya se han hecho presentaciones judiciales. La entidad responsable a quien van dirigidas las demandas es el Banco Central, que es quien emitió la normativa que impide el giro de fondos a raíz del "cepo cambiario".
La operatoria pre-cepo consistía en que la caja de profesionales correspondiente abonaba al beneficiario en la moneda del país de residencia. Con la falta de posibilidad de comprar moneda extranjera, esa opción ya no es posible. Entonces la plata de la jubilación se deposita en cuentas dentro del país, a las cuales los residentes en el exterior no tienen acceso.
Los planteos judiciales se basan en que ninguna norma debe impedir el acceso a un pago del sistema de la seguridad social. Algunos fallos han salido favorables a los jubilados para que puedan cobrar sus haberes, pero han sido apelados y ahora están en la segunda instancia judicial.
Lo llamativo es que la Anses está exceptuada de tramitar una conformidad del Banco Central para hacer los pagos para jubilados no residentes en el país, por ende exceptuada del "cepo".
Anses deposita los fondos en el Banco Nación, que hace la operación de cambio por cuenta y orden del beneficiario y los transfiere al exterior.
En el caso de las cajas profesionales, deben pasar por el Banco Central y cumplir requisitos que son de cumplimiento imposible para estas entidades.
De esta manera, a este grupo de jubilados se les niega el acceso a la seguridad social previsto en nuestra Constitución Nacional.
Además del argumento de desigualdad entre los diferentes sistemas previsionales, que también resulta contrario al principio de igualdad regulado en la misma Constitución.
Laura Kalerguiz es periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987