Córdoba

Ya rige la Ley que permite multas de hasta $ 500 mil

Se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación para multar a quienes incumplan las medidas sanitarias.
Por Telefe Córdoba

Ya rige la Ley que permite multas de hasta $ 500 mil | Córdoba
Córdoba: Ya rige la Ley que permite multas de hasta $ 500 mil

Con multas que van de los $ 5 mil a los $ 500 mil a quienes infrinjan las medidas sanitarias preventivas para evitar contagios de coronaviurs en la provincia de Córdoba.

El pasado miércoles 8 de julio se había aprobado la Ley 10.702 en la Unicameral y 11 días después se reglamentó en la previa de un fin de semana que podrían generarse muchas reuniones no permitidas por la celebración del Día del Amigo.

"En el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, crea un régimen sancionatorio excepcional ante incumplimientos de las disposiciones sanitarias vigentes en la provincia de Córdoba, tanto para personas humanas como jurídicas", indicaron las autoridades provinciales. 

Si bien la reglamentación permite la aplicación efectiva de la multas, la decisión de las autoridades es brindar 10 días "de gracia" y no se cobrarán. "El pago efectivo de las infracciones se aplicará luego de los 10 días corridos de vigencia de esta normativa. Esto es así porque en uno de sus artículos la ley determina que las sanciones impuestas en los primeros 10 días corridos serán condonadas, aunque quedará asentado el antecedente del infractor", aclararon.

Sanciones

La nueva ley sanciona incumplimientos de medidas de protección personal (multas de entre 5 mil y 10 mil pesos); de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales (5 mil a 50 mil pesos); de medidas de prevención en relación a reuniones familiares o de cualquier tipo (10 mil a 100 mil pesos); de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial (50 mil a 500 mil pesos); y de cuarentena, aislamiento sanitario estricto y cualquier otra indicación epidemiológica (20 mil a 200 mil pesos).

La ley también incluye descuentos del 50 por ciento en las multas cuando el infractor pague en forma voluntaria.

Autoridades

La autoridad de aplicación de la ley 10.702 es el Ministerio de Salud de Córdoba, mientras que la autoridad de control es el Ministerio de Seguridad provincial.

Los Juzgados Provinciales de Faltas intervinientes en las infracciones de tránsito tendrán competencia para juzgar faltas establecidas en el régimen sancionatorio excepcional.