La medida es controvertida considerando que el programa de vacunación no es obligatorio sino opcional. Ahora, justamente, el Poder Judicial donde se zanjan las controversias en virtud de normas (leyes o decretos) decide acciones en detrimento de quienes, como propone el programa de vacunación, no desean vacunarse.

El Poder Judicial, en tal sentido, reclamará un PCR negativo cada tres días a quienes no tienen intención de vacunarse, como una alternativa a la sanción de no poder concurrir y cobrar haberes.
Sobre estos hisopados, se confirmó que sólo correrán por la carga del empleado y que tendrá que ser renovado cada 72 horas.
A través de una resolución del Tribunal Superior, se anunció que sólo podrá retornar a la actividad presencial aquellos empleados que hayan recibido las dos dosis y aquellos que hayan aplicado la primera dosis y no tengan comorbilidades.
Fotos: Justicia Córdoba.