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Salarios menores a $225.937 no pagarán impuesto a las Ganancias

La medida regirá desde el 1 de enero y también exime al aguinaldo de aquellos trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere el piso de los $225.937.
Por Telefe Córdoba

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Actualidad: Salarios menores a $225.937 no pagarán impuesto a las Ganancias

Una nueva modificación respecto al pago del Impuesto a las Ganancias regirá a partir del primero de enero de 2022: el mínimo no imponible será $ 225.937, un 50,62% en relación al período fiscal 2021, definido por el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

La medida fue dispuesta por la AFIP y también exime del pago del Sueldo Anual Complementario promedio a aquellos trabajadores cuya remuneración mensual del primer semestre no supere el piso de los $ 225.937.

En tanto, la deducción por cónyuge pasará a $ 235.457,25 anuales, mientras que por cada hijo menor a 18 años será de $ 118.741,97, y llegará a $ 237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.

En 2021, y con el objetivo de fortalecer el poder de compra de los asalariados, el Gobierno había elevado el mínimo no imponible para el pago de este impuesto en dos oportunidades: la primera fue en junio, cuando pasó a $ 150.000 brutos de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.617, y la segunda en septiembre, que llevó el valor a $ 175.000.