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Rige el aislamiento social obligatorio
Así surgió de lo dispuesto por el Decreto 297/2020 publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial, de acuerdo con lo anunciado anoche por el mandatario, tras una reunión que presentó con los gobernadores en la Residencia de Olivos.
La obligación de permanecer en las residencias habituales y de abstenerse de concurrir a los lugares de trabajo, así también la prohibición para el desplazamiento por rutas, vías y espacios públicos a fin de "prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19" regirá durante doce días, de acuerdo con la norma, que determinadas severas restricciones, contempladas en el Código Penal, para quienes infrinjan las restricciones.
"Cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, o otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se entregará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal ", indica el texto.
La norma indica, a su vez, que la medida se adopta "ante una crisis potencial sanitaria y social sin precedentes" y con el objetivo de "proteger la salud pública", lo que define como "una obligación inalienable del Estado nacional".
"Nos encontramos ante una crisis potencial sanitaria y social sin precedentes, y para ello es necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, un fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario", sostienen el Decreto de Necesidad y Urgencia en sus consideraciones.
El texto establece que el aislamiento regirá "desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del año corriente , pudiendo prorrogar este plazo por el tiempo que se considera necesario en atención a la situación epidemiológica".
Además, estipula que, "quienes se encuentran cumpliendo el aislamiento dispuesto en el artículo 1 °, solo pueden realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos".
Durante la vigencia del aislamiento, "no podemos realizar eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra conclusión que implique la concurrencia de personas" y además "se suspende la apertura de locales, centros comerciales, establecimientos mayoristas y minoristas, y "cualquier otro lugar que requiera la presencia de personas".
En tanto, en su artículo 6, el DNU enumera 24 problemas al cumplimiento del aislamiento para las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia , y se especifica que "sus desplazamientos limitados al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios" .
Entre esas víctimas, se encuentra -entre otros- el personal de salud, de las fuerzas de seguridad, de las Fuerzas Armadas, la actividad migratoria, el Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
También, las autoridades superiores de los gobiernos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los trabajadores del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad, convocados para los seguros de las actividades requeridas por las respectivas autoridades.
Además, quedan fuera del alcance de las prescripciones del aislamiento el personal de los servicios de justicia de turno, personal diplomático y consular extranjero, como así también las personas que deban asistir a otras con discapacidad; a familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, niñas y adolescentes, entre otras especificaciones.
De acuerdo con el último informe oficial, los contagiados de coronavirus en el país suman hasta el momento 128, de los cuales tres fallecieron.
En el término de un día, fueron registrados 31 nuevos casos, 15 de ellos en la provincia de Buenos Aires, 8 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 en Córdoba, 2 en Chaco y uno en cada una de las provincias de Tucumán, Santa Fe y Río Negro. (Télam)