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Nueva ley de alquileres: los puntos clave
El Gobierno busca mostrar iniciativa en temas que eventualmente pueden tener un impacto en la clase media.
Se enviará al Congreso la Ley de Alquileres, un proyecto que había anunciado Mauricio Macri meses atrás, como parte del paquete de medidas con el que se proponía cambiar el humor en la previa al inicio de la campaña, pero que finalmente fue desactivado por el rechazo de distintos sectores inmobiliarios y algunos cuestionamientos de sectores de la oposición.
Los alquileres se ajustarán por la evolución de precios y salarios: En los contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales. Para contratos de menos de 650 UVAs (unos $26.600) solo se podrán realizar ajustes utilizando un índice formado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) que mide el Indec y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE). El índice deberá ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central.
Los honorarios no podrán estar a cargo de los inquilinos. Esto incluye el costo de la intermediación de un corredor inmobiliario, gastos de publicación y certificación de firmas, entre otros.
El plazo para los contratos de alquiler será de dos años para las "locaciones habitacionales” (uso como vivienda). Luego del vencimiento del contrato, la locación se prorrogará obligatoriamente por un año, salvo que el propietario o el inquilino manifiesten su intención de no renovarlo. Esa notificación deberá realizarse con no menos de 60 días de anticipación.
El locatario (inquilino) propondrá al menos dos opciones como garantía. El proyecto fija que puede ser: una garantía de otro inmueble, un aval bancario, un seguro de caución, una garantía de fianza o una garantía personal del locatario, que se podrá documentar con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.
Los contratos de locación de inmuebles deberán ser declarados ante la AFIP y podrá hacerlo cualquiera de las partes.
Indemnización por la resolución anticipada del contrato: en los alquileres habitacionales prorrogadas cuando la notificación al propietario se haga con una anticipación de tres meses o más de la fecha de finalización del contrato, no corresponderá el pago de indemnización.
Reparaciones y expensas: el propietario afrontará los gastos por deterioro (en calidad o defecto), originados por cualquier causa que no pueda ser atribuida al locatario. Estarán a cargo del inquilino las expensas que deriven de gastos habituales (servicios normales y permanentes a disposición del locatario), independientemente de que sean consideradas como ordinarias o extraordinarias.
Ante el incumplimiento del inquilino, se habilita la acción judicial de desalojo. El plazo de ejecución no puede ser menor a 10 días ni mayor a 90 días.
El proyecto también avanza con la creación del Programa Nacional de "Alquiler Social", focalizado en darles solución a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, de violencia de género. "Es una herramienta más que incluimos para combatir el déficit habitacional", dijo Iván Kerr, a cargo de la Secretaría de Viviendas, que será el organismo rector y encargado del diseño de las políticas públicas. Entre otras cuestiones, el programa contempla subsidios o líneas de créditos blandos, y medidas para incentivar la oferta de alquileres de inmuebles destinados a las viviendas.