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Las personas con discapacidad que consigan trabajo seguirán cobrando las pensiones
Según la resolución 34/2020 publicada ayer en el Boletín Oficial, las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva podrán seguir cobrando el beneficio mediante notificación a la Agencia Nacional de Discapacidad al inicio de la relación laboral.
Si la remuneración supera el límite establecido, al informarlo la Andis procederá a la suspensión del beneficio, aunque también se estipulará en la medida que será directamente rehabilitado en caso de despido o finalización de la relación laboral.
El director de la Agencia Nacional de Discapacidad, Claudio Espósito , dijo que "las personas que contaban con una pensión, frente a la posibilidad de acceder a un empleo registrado, optaban por conservar la pensión porque era incompatible con el empleo".
"Desde la Agencia queremos fomentar el empleo de calidad para el colectivo y precisamos la equiparación de oportunidades que suponen que la pensión sea compatible con el empleo de más baja remuneración, reconocen las personas con discapacidad, suelen incurrir en mayores gastos", aseguró Espósito .
La persona con discapacidad "para volver a obtener el beneficio requerido iniciar el mismo y esperar aproximadamente un año para volver a tenerlo y, de esa forma, optar por quedarse con la pensión y no ingresar al mercado laboral registrado".
Ahora, con esta nueva resolución, las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva, si tienen la posibilidad de obtener un trabajo registrado, podrán activar la notificación a la Andis, solicitar la continuidad o la suspensión del beneficio.
"Una vez finalizada la relación laboral, y percibido en caso de corresponsal el subsidio por desempleo, notifique dicha circunstancia en forma inmediata a la Agencia Nacional de Discapacidad, que procederá en forma inmediata a la restitución de la pensión no contributiva por invalidez, oportunamente otorgada ", apuntó el comunicado.
"Con esta medida se garantiza a las personas con discapacidad el beneficio de la pensión no contributiva, favoreciendo el derecho al trabajo digno registrado en los términos de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, y frente a la pérdida del mismo, el acceso al inmediato beneficio suspendido, brindando un apoyo efectivo del Estado para las personas con discapacidad ", finalizó el texto. (Télam)