La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de una serie de productos capilares sin inscripción sanitaria y de un hilo para sutura odontológica que no contaba con los registros obligatorios. Las medidas fueron oficializadas este lunes mediante las Disposiciones 634/2026, 599/2026 y 605/2026, publicadas en el Boletín Oficial, e incluyen la baja de publicaciones en plataformas de venta online y la notificación a las autoridades sanitarias jurisdiccionales.
A través de la Disposición 634/2026, el organismo prohibió los productos capilares de la marca “Good Hair”, entre ellos plastificados, alisados, botox capilar, lifting, shock de keratina y recomponedores, que no presentaban datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Durante tareas de fiscalización se detectó su comercialización en sitios web con envíos a todo el país y, tras consultar la base oficial de cosméticos inscriptos, no se hallaron registros coincidentes. La Anmat advirtió que varios de los productos eran alisadores que podrían contener formol como agente activo, sustancia cuyo uso con fines de alisado no está autorizado y que puede generar exposición a vapores tóxicos.
El organismo detalló que la exposición aguda al formol puede provocar irritación en piel y ojos, ardor, lagrimeo, tos y alteraciones del tracto respiratorio, mientras que la exposición prolongada podría derivar en cuadros de hipersensibilidad, dermatitis alérgica y aumento en la probabilidad de determinados carcinomas. Ante la falta de inscripción y la imposibilidad de verificar su formulación, se ordenó la prohibición de todas las presentaciones, lotes y vencimientos de los productos involucrados.
Por medio de la Disposición 599/2026, la Anmat adoptó una medida similar respecto de productos de la marca “Silkdrop”, también detectados en tareas de monitoreo sin registro sanitario. Se trataba de alisados estilo marroquí y brasileño, botox capilar y keratinas comercializados en plataformas digitales con alcance nacional. Al igual que en el caso anterior, no se encontraron datos coincidentes en la base oficial y se reiteró que el uso de formol para alisar el cabello no se encuentra autorizado. La autoridad sanitaria ordenó el retiro de estos artículos del mercado y la comunicación a las autoridades sanitarias de todo el país.
Finalmente, mediante la Disposición 605/2026, el organismo prohibió el uso, comercialización y distribución del producto identificado como “Hilo para sutura Farmadental – MR 10 metros – Industria Argentina”, hasta tanto obtenga las habilitaciones correspondientes. La medida se adoptó tras inspecciones realizadas en un establecimiento de San Luis y en depósitos de la ciudad de Córdoba, donde se detectaron unidades sin datos de lote, fecha de fabricación, vencimiento ni registro sanitario.
Durante los procedimientos también se verificó que parte de las unidades presentaban características distintas a las reconocidas por la empresa fabricante, lo que permitió identificar productos falsificados. La Anmat indicó que el insumo no se encuentra inscripto en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica, por lo que no fue sometido a evaluación oficial sobre calidad, seguridad y eficacia.