El juez Civil y Comercial de 27ª Nominación de Córdoba, Francisco Martín Flores resolvió declarar nula la cláusula del precio de la unidad de los contratos de adhesión de los ahorristas con las administradoras de planes de ahorro previos a octubre de 2019 y que no hayan sido excluidos de la decisión judicial.
En el mismo fallo, el juez determinó que la cuota deberá fijarse por el índice oficial de inflación. Las pericias habían determinado que las empresas automotrices habían realizado incrementos de cuotas en los últimos cinco años "exponencialmente superadores de cualquier índice económico".