Elecciones Legislativas 2021
Veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?
A partir de las 8 de la mañana de este viernes finalizó la campaña electoral y comenzó la veda de cara a las elecciones que se realizarán el domingo en todo el país. Según el Código Nacional Electoral, la veda implica la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo así como publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.
¿Qué es lo que no se puede hacer?
>Actos electorales o políticos.
>Publicar encuestas.
>Espectáculos masivos al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública.
>Vender alcohol desde la cero hora del día de la elección y hasta que se cumplan 3 horas de finalizada.
>A los votantes, la portación de armas, uso de banderas, divisas u otros elementos distintivos desde el sábado a las 12:00 hs. y el domingo a las 21:00 hs.
>Ofrecer boletas a ciudadanos dentro de un radio de 80 metros de las urnas.
>La apertura de mesas o centros partidarios dentro de un radio de 80 metros de las urnas.
Lo que sí se puede hacer tiene que ver con las redes sociales, pero sólo con las cuentas personales. Ya que según explicó el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral, Sebastián Schimmel, "las redes sociales están incluidas en la veda. Lo que sea interpersonal es válido, pero está prohibida la publicidad formal que busca la captación de sufragio".
Además, el pasado 11 de agosto (cuando se realizaron las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias) adelantó que "todo lo que esté orientado a convencer al votante está incluido en la veda".
¿Qué pasa si no respetamos la veda?
Según establece el CNE, los ciudadanos que no respeten la veda, que sin embargo no rige para las redes sociales, podrán ser denunciados y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
Si no cumplen el período de la veda perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
Además, si no se respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en tele, radio y medios gráficos, se obrará una multa de entre diez mil y cien mil pesos. Lo mismo para la persona que realice actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
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