Elecciones 2023

Elecciones 2023: si no votas en las PASO o las generales habrá multa y sanción

Las PASO como las generales son obligatorias. Si no se abona la multa, el ciudadano queda incorporado al Registro de Infractores al Deber Votar.
Por Telefe Córdoba

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Elecciones 2023: Elecciones 2023: si no votas en las PASO o las generales habrá multa y sanción

El próximo domingo se celebran las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en todo el país. Esta elección, aunque oficia de “previa” y permite definir los candidatos y alianzas que participarán en las elecciones generales de octubre, es obligatoria.

Para votar, es necesario figurar en el padrón electoral, y todas las personas habilitadas, excepto los jóvenes de 16 y 17 años, y los adultos mayores de 70 años, tienen la obligación de votar.

De este modo, hay previstas distintas multas y sanciones para quienes no concurran y no justifiquen su ausencia en las urnas el domingo.

Luego del confuso mensaje que se ofreció tanto en las elecciones provinciales como las municipales de Córdoba, cuando se comunicó que no habría multas para quienes no emitan su voto, vale aquí señalar que en las elecciones del 13 de agosto, que son nacionales, están vigentes las sanciones y multas.

Asimismo, es necesario aclarar que cualquier circunstancia de ausencia y sanción por no votar en las PASO, no impide votar en las generales, oportunidad en la que también será obligatorio ir a votar.

Quienes no concurran a votar, deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral. El trámite deberá ser completado dentro de los 60 días posteriores a la elección.

“Si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar”, se indicó desde la Cámara Nacional Electoral.

Estas sanciones monetarias van desde los $50 a los $500, según prevé el Código Nacional Electoral, y alcanza a los mayores de 18 años y menores de 70 años que no hayan ido a las urnas.

Por lo cual, si no se abona la multa, el ciudadano queda incorporado al Registro de Infractores al Deber Votar. Además, no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección y no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.