Córdoba
La telemedicina: ¿deshumanización de la profesión
En Argentina, la matriculación de los profesionales de la salud está regulada por otras normativas, generalmente a nivel provincial o por los Colegios Profesionales. Sin embargo, existe un vacío en las regulaciones con respecto a la telemedicina. La matrícula es un requisito fundamental y previo que se debería exigir para poder ejercer la práctica.
El médico Héctor Oviedo (MP. 18.157) se explayó sobre el tema: "¿Quién garantiza que la persona que te está atendiendo es médico o médica y que tiene las certificaciones y las habilitaciones necesarias para poder trabajar y atender nada más y nada menos que tu salud y tu vida?".
Si bien hay leyes como: la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales, sancionada en 2020, que sentó las bases para el uso de la firma digital y otros aspectos de la telemedicina. Además, la Ley 26.529 de Derechos del Paciente, que tiene injerencia en el ámbito de la telemedicina, garantizando el derecho a la información y el consentimiento informado del paciente. También existe una Resolución del Ministerio de Salud (3316/2023), que establece directrices y buenas prácticas para la teleconsulta, la protección de datos y la calidad de los servicios. Las leyes mencionadas dan por sentado la existencia de matrícula, ya que no regulan la matriculación de los profesionales, sino que se apoyan en ella.
Oviedo agregó que la telemedicina "es una competencia que viene a subvertir todo lo que nosotros creemos que es importante en la atención médica", haciendo referencia a la presencialidad, el contacto con el usuario del servicio y la clínica médica, es decir, la práctica humanizada de la profesión.