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¿Qué deben presentar los cuidadores de personas mayores para circular?
En la declaración jurada se requiere constar horarios y días que se trasladará, para presentar en caso de que sea requerido por una autoridad, precisa la resolución 133/2020 del Ministerio de Desarrollo Social, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La declaración debe completarse sobre un formulario que figura como anexo en la resolución , que puede imprimirse o transcribirse la totalidad del contenido en una hoja en blanco.
La disposición establece que en el caso de la "asistencia, apoyo y / o cuidado esté a cargo de un cuidador / a ajeno a la familia (voluntario o contratado), la declaración jurada debe ser firmada tanto por quien brinde el cuidado como por la persona a cuidar o por un familiar de allí ".
En tanto que si la persona trabaja para una empresa prestadora de servicios (medicina prepaga, obra social u otros), "será su empleador quien concederá una certificación específica al efecto".
Finalmente, la resolución indica que en todos los casos, la declaración debe describir "los días y horarios en los casos el / la cuidador / a, setrate de familiar o profesional, acudirá al domicilio de la persona mayor para su cuidado y / o asistencia ".
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