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El Gobierno limitó el traspaso de afiliados entre obras sociales

La opción de cambio podrá ejercerse sólo una vez al año y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud.
Por Telefe Córdoba

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Actualidad: El Gobierno limitó el traspaso de afiliados entre obras sociales

El Gobierno nacional dispuso este miércoles modificaciones en el sistema de libre elección de las obras sociales de los trabajadores. Según publicó la agencia estatal Télam, quienes inicien un vínculo laboral "deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio".

De esta forma, el artículo 4° del Decreto 438/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, sustituye al Decreto N° 1400/01 que permitía que la opción se ejerza desde el momento mismo del inicio de la relación laboral. “La opción de cambio podrá ejercerse sólo una vez al año y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud".

Por su parte, las obras sociales deberán "garantizar el acceso a la información detallada, completa y adecuada a los beneficiarios y a las beneficiarias respecto de la cobertura prestacional brindada".

"Deberán garantizar, como mínimo, que los beneficiarios y las beneficiarias puedan acceder en todo momento a la cartilla completa, con los planes y programas de cobertura, a través del Sitio web institucional de la entidad y otros canales que la entidad brinde", precisa la norma.