Córdoba
Ya hay modificaciones con los vuelos y problemas a las agencias
Con la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó el decreto que extiende hasta el próximo 9 de julio el estado de emergencia sanitaria y regula las restricciones vigentes para entrar al país.
Las fronteras seguirán cerradas al turismo y limitan a 600 pasajeros el cupo diario de ingresos, continuando suspendidos los vuelos provenientes del Reino Unido, Irlanda del Norte; Chile; Brasil; India; Países africanos y Turquía.
Todas las medidas fueron dispuestas para bajar el riesgo de contagios de coronavirus e impedir el ingreso de variantes que no registran circulación comunitaria en el país, como la variante Delta.
Guillermo Valdeolmillos, propietario de agencias de viajes, dialogó con Telefe Noticias y afirmó que la nueva modalidad adoptada es una gran problemática para el sector, debido a que en menos de 24 hs ya se han reprogramado múltiples vuelos: “Nos vemos perjudicados y sometidos a solucionar los problemas de los pasajeros” señaló.
“Hoy hay cerca de 20 mil personas en el exterior” indicando que la problemática será inevitable como consecuencia a que las empresas aéreas no viajarán con pocos pasajeros por unidad y provocarán cancelaciones.
AGENCIAS DE VIAJES EN CRISIS
— Telefe Córdoba (@telefecordoba) June 28, 2021
Tras las nuevas restricciones para ingresar al país, 600 por día, desde el sector anticipan que habrá cancelaciones y suspensiones de vuelos.
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Nuevas condiciones para el ingreso:
- La norma dispone que "quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen".
- La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero y se controlará que quienes regresaron de viaje estén en sus domicilios.
- Se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 días a un año.