Con el voto mayoritario del jurado popular, Néstor Soto fue condenado a prisión perpetua por el homicidio doblemente calificado de Catalina Gutiérrez. El juicio, desarrollado en la Cámara 11° del Crimen, no tenía dudas sobre su culpabilidad —ya que el acusado había confesado—, sino sobre la calificación del delito y si correspondía aplicar los agravantes por violencia de género y criminis causa. El criminis causa es el delito que se comete para ocultar otro.
Finalmente, la sentencia incluyó la figura de femicidio, con ocho votos a favor y dos en disidencia, y también el agravante de criminis causa, aprobado por siete jurados contra tres. Este último implica que Soto asesinó con el objetivo de garantizar su impunidad.
El fiscal Marcelo Sicardi, quien había solicitado la pena máxima, sostuvo: "Estamos ante un femicidio. La única víctima es Catalina Gutiérrez", y calificó a Soto como "un lobo con piel de cordero". “Quiero hacer un reconocimiento especial a Eleonora, Marcelo, Lucía, a sus amigos, no es fácil estar escuchando mentiras, y mentiras pese a que en algunos momentos fue difícil. Voy a considerar que fueron leves. Este homicidio concursa idealmente con femicidio. Finalmente la consecuencia de los dos homicidios y esto es uno relativo a la pena, la pena única posible es la de perpetua”, agregó.
Por su parte, el abogado querellante Carlos Hairabedian insistió en sumar la alevosía entre los agravantes, señalando que el acusado actuó sin dar oportunidad de defensa a la víctima. Esta calificación fue cuestionada por la defensa, pero el tribunal ratificó su validez en la instancia de juicio.
La abogada de Soto, Ángela Burgos Niño, intentó sin éxito que se le impusiera una pena por homicidio simple, sin los agravantes. "Néstor, sé que pasarás muchos años en la cárcel, y te lo mereces", habría comentado la defensora a su cliente al asumir su representación.
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