De este modo, en forma coincidente con lo reglamentado por la Inspección General de Justicia (IGJ) en la resolución 748/2022, del 24 de Junio de 2022, el tribunal conformado por Carlos A. Calvo Costa, María Isabel Benavente y Guillermo D. González Zurro, reafirmó la igualdad y la no discriminación negativa de las mujeres por razones de género.
A su vez, en virtud de que la IGJ había señalado que la entidad "no contaba en la actualidad, con ningún miembro activo de sexo femenino con más de 10 años de antigüedad", a pesar de constar en su estatuto como requisito para integrar la comisión directiva, la Cámara instó a dicha entidad a comunicar a través de su página web institucional la apertura de las nuevas afiliaciones, y a presentar, en el plazo de 60 días, el texto ordenado del estatuto social y el nuevo reglamento.
"Esta decisión resulta ser, ni más ni menos, que el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Argentino frente a la comunidad internacional en el plano de los derechos humanos, contexto insoslayable en la era que transitamos y que abre incluso la posibilidad al avance de políticas de inclusión al colectivo de LGTBQ+, tantos años discriminados por una estructura patriarcal histórica", destacaron desde la Asociación Civil Jockey Club en un comunicado.
En su fallo el tribunal destacó que: "entre las limitaciones a la libertad de asociarse se encuentra la imposibilidad de discriminar en razón del género, cuya prohibición fluye de la Constitución Nacional y de los tratados con jerarquía constitucional (arts.16, 37 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional); art. 1.1 y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos; arts. 3 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; art. 3 del Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales; art. II de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; Preámbulo y arts. 1 y 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer".
Por tal motivo, el Estado argentino convino en seguir por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer, comprometiéndose a: "adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer; establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales o competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación; y a tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas", concluyó. (Télam)
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