Por la Dra. Laura Kalerguiz*
La pensión no contributiva por invalidez está destinada a aquellas personas que acrediten una disminución del 76% o más en su capacidad laboral. Esta discapacidad la determina la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDI).
Quienes están habilitados para cobrar este tipo de pensiones son aquellos que no tengan aportes previsionales o contributivos, que no posean un trabajo formal en relación de dependencia, bienes, ingresos o recursos mínimos para subsistir y/o parientes directos que puedan suministrarles ayuda o alimentos.
Además, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Tener menos de 65 años de edad.
- Ser argentino nativo o naturalizado (con al menos 5 años de residencia continuada) o extranjero (con al menos 20 años de residencia efectiva en el país).
- No percibir ningún beneficio del Estado (nacional, provincial o municipal).
- No estar empleado en relación de dependencia ni registrado como autónomo o monotributista.
- No tener ingresos o bienes a su nombre que permitan su subsistencia (requisito extensible a todo el grupo familiar).
- No tener parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo.
- No estar detenido a disposición de la Justicia.
El monto que se cobra es el equivalente al 70% de una jubilación mínima, que al día de la fecha es de $13.324.
La solicitud de esta pensión se realiza exclusivamente con turno, el cual se pide a través de la página web con clave de la Seguridad Social.
* Laura Kalerguiz es periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987
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