Un bebé concebido por gestación por sustitución quedó en situación de adoptabilidad en Córdoba. La jueza María de los Ángeles Pascual resolvió la medida tras el desistimiento de la madre biológica francesa y la imposibilidad de la gestante de cuidar al niño. La decisión busca garantizar la protección y el bienestar del niño, priorizando su interés superior.
El niño nació nueve semanas antes de la fecha prevista y permaneció varios días internado en un sanatorio local debido a dificultades respiratorias y otras complicaciones propias del nacimiento prematuro. La mujer que transitó el embarazo declaró que no tenía ni intención ni posibilidades económicas de cuidarlo. Sin embargo, expresó su deseo de que el bebé sea adoptado por una familia que le brinde amor y protección.
La ciudadana francesa que promovió la subrogación de vientre desistió de su voluntad procreacional mediante una carta enviada a la gestante por su abogada en Argentina. Este acto motivó la intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), que solicitó a la Justicia declarar al niño en situación de adoptabilidad. El objetivo es que pueda quedar bajo la protección de una familia de manera definitiva.
La jueza Pascual destacó que el abandono del niño constituye una vulneración directa a su dignidad humana. Señaló que tratar a un niño como un producto rechazado niega su humanidad y que cada niño, sin importar su concepción, es un sujeto de derecho que merece respeto, cuidado y amor. La magistrada enfatizó que la gestación por sustitución no está expresamente regulada en Argentina, pero esto no impide al Estado proteger al menor.
En la resolución, Pascual advirtió sobre los riesgos de cosificar a los niños nacidos mediante gestación por sustitución. Según la magistrada, ver a un niño como un objeto o producto de inversión económica vulnera su valor intrínseco y lo expone a un trato mercantilizado. Recordó que ningún ser humano debería comenzar su vida bajo esa mirada, y que toda vida merece ser acogida y amada.
La jueza también citó precedentes que reconocen la validez de la técnica cuando hay consentimiento informado, carácter altruista del acuerdo y respeto por el interés superior del niño. Subrayó que nunca un niño puede ser tratado como un encargo, sino como un sujeto de derechos.
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